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PJD-7-2023-designacion beneficiarios ROP por medio de SICERE virtual.pdf
PJD-7-2023-designacion beneficiarios ROP por medio de SICERE virtual.pdf
Versión 1.1 Aprobado- Tipo del documento
- Documento básico
- Extensión
- Tamaño
- 467 KB
- Modificado
- 20/06/25 15:44 por JENNIFER CARVAJAL NAVARRO
- Creado
- 13/06/25 12:21 por JENNIFER CARVAJAL NAVARRO
- Localización
- 2023
- Descripción
- Se analiza si ante ausencia de beneficiarios del primer pilar, los designados en Oficina Virtual de la CCSS al momento de una afiliación son los que se deben contemplar para la entrega del ROP. Se concluye que el Acuerdo SP-A-2023-2020 establece que la plataforma tecnológica de la CCSS (oficina virtual) es el medio para ejercer la afiliación y el derecho a transferirse de operadora por parte de los afiliados al ROP y al FCL, tanto con código TE como TA. La Ley Reguladora del Mercado de Valores establece la posibilidad de designar los beneficiarios del ROP por medios físicos, digitales, electrónicos o informáticos. La designación de beneficiarios realizada por el afiliado en la Oficina Virtual de la CCSS queda realizada ante la operadora destino en el momento que se da la firmeza de la afiliación. En caso de que no existan beneficiarios establecidos en el régimen básico, pueden ser llamados los beneficiarios que fueron designados por el afiliado ya sea personalmente, ante la operadora, o por medio de la Oficina Virtual de la CCSS.
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Versión 1.1Por JENNIFER CARVAJAL NAVARRO, en 20/06/25 15:44Registro sin cambios
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Versión 1.0Por JENNIFER CARVAJAL NAVARRO, en 13/06/25 12:21Registro sin cambios