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Supervisión de fondos

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¿Por qué es necesario supervisar los fondos de pensiones?

El objetivo de regular y supervisar algún componente del sector financiero es garantizar la seguridad y transparencia en las transacciones que efectúen, así como velar porque los intermediarios financieros cuenten con los requisitos mínimos, de acuerdo a la naturaleza de su actividad y a los riesgos que asumen.

 

Además de lo anterior, en el caso de pensiones, el órgano de supervisión debe incluir dentro de sus propósitos el objetivo de la estabilidad del sistema en el largo plazo y la seguridad para los participantes del sistema, lo que permita el otorgamiento de beneficios en los regímenes. Por tanto, es necesario que el ordenamiento jurídico le brinde al supervisor las herramientas necesarias de tal forma que pueda asumir el compromiso de velar por el buen funcionamiento del sistema de pensiones y por el cumplimiento de sus objetivos, aspectos que trascienden el plano meramente financiero para abarcar temas de orden público e interés social.

 

Desde este punto de vista, el Estado costarricense se ha comprometido al cumplimiento de algunas reglas básicas y a una cuidadosa supervisión del sistema de pensiones, aspectos normados en la Ley de Protección al Trabajador (LPT) y en la normativa conexa que desde la promulgación de dicha ley, se ha emitido.

 

La responsabilidad estatal es aún más relevante cuando se emprenden transformaciones que incluyen esquemas obligatorios de ahorro para la jubilación y cuando uno de los principales motivos para procurar el cambio es, precisamente, la existencia de sistemas públicos de pensiones sin la supervisión adecuada, como era el caso de Costa Rica dos décadas atrás de la entrada en vigencia de la LPT.

 

A partir de la promulgación en el año 2000 de la ley de cita, las funciones de autorización, regulación, supervisión y fiscalización de todo el sistema de pensiones quedan en manos de la Superintendencia de Pensiones (SUPEN), lo cual incluye a todos los planes, fondos y regímenes, la actividad de las operadoras de pensiones y entidades autorizadas para administrar los fondos de capitalización laboral. La LPT también incluye toda una transformación en materia de infracciones y sanciones, lo que sirve como elemento complementario indispensable para la adecuada supervisión del sistema. Lo anterior, implica un cambio radical en materia de supervisión de pensiones y una significativa ampliación en las labores del organismo supervisor, que de encargarse de los planes voluntarios de pensión complementaria (Ley 7.523) y otros existentes en algunas entidades públicas pasó a abarcar la supervisión de los regímenes básicos, como el del IVM de la CCSS, Magisterio Nacional, Poder Judicial y todos aquellos sistemas creados por leyes especiales o convenciones colectivas.

 

En ese sentido, la supervisión de fondos de pensiones se centra en la protección de los intereses de los afiliados y los futuros beneficiarios, promoviendo la estabilidad, seguridad y buena gobernanza de los fondos de pensiones. Dicha supervisión involucra el monitoreo de las administradoras de los fondos y la imposición y promoción del cumplimiento de la normativa relacionada con la estructura y operación de los fondos, para promover una industria de pensiones que funcione de manera adecuada. Además, promueve la estabilidad del sistema financiero, toda vez que las inversiones realizadas por los fondos de pensiones, tanto del régimen básico como complementario (operadoras de pensiones complementarias), tienen un gran impacto en la economía del país.