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¿Cuáles son mis derechos?

Icono de pensiones con forma de silla mecedora.

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Derechos del afiliado

Imagen de persona adulta mayor con un adulto.

Si usted es trabajador y cotiza para un fondo de pensión, entonces usted es un afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Ser parte de este sistema significa que usted tiene derechos que el administrador del régimen y del fondo de pensiones debe respetar y cumplir.

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Conózcalos

  • Derecho a que el régimen básico de pensión le suministre una certificación de cuotas aportadas y que la operadora de pensión complementaria le remita, al menos dos veces al año, el estado de cuenta de su fondo obligatorio de pensión complementaria y fondo de capitalización laboral.
  • Derecho a que el administrador del régimen le dé información sobre los requisitos y condiciones que debe cumplir para obtener la pensión.
  • Derecho a solicitar información en cualquier momento a la operadora de pensiones respecto a cómo está gestionando el fondo, así como a conocer el rendimiento que obtiene el fondo y sus recursos aportados.
  • Derecho a que su operadora de pensiones le explique la política de inversión, es decir, en qué invierte los recursos de usted como afiliado (estructura de portafolio).
  • Derecho a transferirse de operadora de pensión una vez que usted haya cumplido un mínimo de permanencia de seis meses en una misma entidad, el traslado debe hacerse sin costo alguno.
  • Derecho a afiliarse a la operadora de pensión que usted elija sin costo alguno, lo que implica que nadie debe ni puede seleccionar por usted.
  • Derecho a que la afiliación o transferencia a una operadora de pensión diferente no le vinculen a ningún trámite bancario o financiero por parte del grupo de interés económico al que está ligado la OPC. Es decir, que la consecución de un préstamo, la apertura de una cuenta corriente o de ahorros, entre otros servicios financieros, no lo sujeten a cambiar de operadora.
  • Derecho a presentar quejas ante el administrador del fondo de pensión, ya sea de los regímenes básicos, obligatorio complementario o voluntario, y que esta le sea atendida.
  • Derecho a presentar consultas o denuncias ante la Superintendencia de Pensiones en caso de que el administrador del fondo de pensión no atienda oportunamente los trámites por usted presentados.

Haga valer sus derechos.