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Cualquier retiro anticipado del ROP terminará por prolongar la edad de jubilación o menoscabar los ingresos en la vejez

Cualquier iniciativa que pretenda autorizar el retiro anticipado de recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP) implicaría de forma inequívoca, entre otras consecuencias, que los trabajadores afiliados a una operadora de pensiones complementarias (OPC) prolonguen su edad de jubilación o perciban menos ingresos en la vejez.

Además, tomar parte de los recursos acumulados también tendría consecuencias para quienes decidan dejar intactos sus recursos.

Precisamente, en la Asamblea Legislativa existe una iniciativa que propone que los trabajadores afiliados a una OPC puedan retirar hasta un 30% de los recursos que tienen acumulados en el ROP para pagar deudas, es la iniciativa de ley 23.082.


De acuerdo con la superintendente de pensiones, Rocío Aguilar, este retiro anticipado puede representar un equivalente de hasta siete años completos de cotización, que no serán recuperados a menos que el trabajador decida postergar su edad de jubilación.

Además, Danilo Montero, director general de la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), resumió que si se llegara a producir la entrega de ese 30% del ROP el efecto más evidente será el debilitamiento de la posibilidad de que la persona pueda recibir una pensión adecuada cuando llegue el momento de jubilación.

Pese a esto, la exposición de motivos de la iniciativa de ley, presentada por el diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), José Francisco Nicolás, expresa que “en una época de escasez, echar mano al ahorro resulta una obligación para evitar la miseria. No podemos encontrar justificación para que las personas estén pasando terribles necesidades mientras tienen cuentas con millones de colones a su nombre, pero que son defendidas como intocables por las operadoras de pensiones”.

“... no se entiende que, ante la mayor crisis de nuestras vidas, inmovilicemos todo el patrimonio de las personas ahorrado para mejorar su vejez mientras pierden sus empleos,
 sus hogares y sus haberes”, indica el texto.

Por su parte, Luis Poveda, gerente a. i. de la operadora de pensiones complementarias Vida Plena, recordó que el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias fue creado, en el 2000, como un instrumento que refuerza la seguridad social, pues busca garantizarles a los trabajadores una pensión durante su vejez.


Las pensiones complementarias vienen a reforzar las pensiones básicas al permitirle a los pensionados tener mayores recursos para enfrentar los gastos diarios que deben afrontar durante esta etapa de la vida.

—  Luis Poveda, gerente a. i. de Vida Plena


Consecuencias de retirar recursos del ROP


La superintendente de pensiones enfatizó que un retiro del 30% del ROP puede representar, “en caso de aprobarse en este momento y dependiendo del momento de la vida laboral del trabajador”, un equivalente de hasta siete años completos de cotización, solo recuperándose si el afiliado aplaza la edad de retiro.

Hasta abril del 2022, el activo neto de este fondo de retiro registrado por todas las operadoras sumaba ¢9,67 billones. La mayor parte de este monto está administrada por Popular Pensiones.


A la hora de hacer una comparación simple e hipotética, si se asumiera que todos los afiliados pudieran sacar el 30% para el pago de sus deudas, el monto sería superior al total que manejan en este momento todas las operadoras, excepto la del Popular.

En lo que respecta a aportantes o personas que se encuentran cotizando de manera activa, el ROP contabilizó 1.267.213 trabajadores para marzo pasado.

Por su parte, a criterio de Poveda, si se aprueba el retiro del 30% del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, este tendría un impacto que podría incluso equivaler a más de diez años de cotizaciones.

“De esta forma, con este proyecto se estaría extrayendo de los mismos afiliados los recursos para pagar sus deudas, bajo el espejismo de una solución, cuando en realidad se les está privando de los recursos necesarios para que puedan tener un ingreso digno durante su vejez”, indicó Aguilar.

Por lo que tanto la superintendente de pensiones como Poveda consideraron que lo planteado en el proyecto de ley 23.082 implica que el principal efecto de esta medida será una reducción del 30% en la pensión complementaria.

Héctor Maggi, gerente general de la operadora de pensiones complementarias de la Caja Costarricense de Seguro Social (OPC CCSS), coincidió en que en caso de que se permita un retiro del 30% del ROP, la pensión complementaria promedio se reducirá en la misma proporción, tomando en cuenta que cada vez el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) deberá ir reduciendo la prestación de pago por pensión, producto del envejecimiento de la población, la informalidad laboral y otros factores que afectan dicho régimen.

“Hoy en día un trabajador promedio recibe una pensión de la CCSS (IVM) de aproximadamente ¢284.000, el ROP con 22 años de existir le está generando una pensión complementaria adicional de ¢144.000″.

—  Héctor Maggi, gerente general de OPC CCSS

 

Esto quiere decir que el impacto sería que “tendremos adultos mayores con una menor capacidad económica de sobrevivencia”, producto de un cambio en la Ley de Protección al Trabajador (7.983) que “mutiló” un sistema de protección complementario, que desde el 2000 se conoce que será esencial para enfrentar el envejecimiento de la población.

“En caso de pasar este proyecto de ley, el Estado deberá hacerle frente a la sobrevivencia de las personas cuya pensión sea insuficiente en el futuro, y el Estado se financia a través de impuestos que serán imputados a la empresas y trabajadores activos (aquí está el efecto sobre los que no lo retiren)”, explicó Maggi.

Actualmente en el mundo existen países que han llegado a quebrar o default por la deuda en pensiones que deben cubrir producto de haber tomado decisiones de no fortalecer los sistema de pensiones de capitalización individual y de educar a la población sobre la importancia del ahorro previsional.

—  Héctor Maggi, gerente general de OPC CCSS

Incluso, Poveda indicó que al debilitar las pensiones complementarias se produciría una mayor presión en los regímenes de la pensión básica —IVM, Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (Jupema), Poder Judicial—, pues los trabajadores al pensionarse se verían afectados con una tasa de reemplazo “muy inferior” a sus expectativas y necesidades.

De tal forma que para poder generar mayores pensiones, se tendrían que buscar recursos a través de la elevación de cargas fiscales (impuestos) o cargas sociales al sector productivo.

El funcionario de Vida Plena también comentó que para los afiliados que decidan retirar estos fondos estarían buscando una solución en el corto plazo, pero que tendría “importantes consecuencias” para la etapa de su jubilación, porque las personas que se pensionen tendrían un monto menor en su pensión complementaria y por tanto, podrían poner en riesgo su estabilidad económica.

Justamente, Hermes Alvarado, gerente general de BN Vital, expuso que la iniciativa de ley en mención lo que podría garantizar es una situación de pobreza en la vejez para muchas personas, al disminuir “sustancialmente” sus ahorros previsionales.

Esta idea es similar a la expresada por Róger Porras, gerente general de Popular Pensiones, quien explicó que la entrega de los recursos aumentaría la pobreza en la vejez debido a que disminuye la pensión futura, y esta merma será mayor entre más edad tenga el afiliado.


Se pagaría una deuda de hoy a un costo muy alto en el futuro. Para las personas que están más próximas a pensionarse, el monto de pensión a disfrutar podría caer hasta en un 30%. En el caso de las personas más jóvenes, el impacto sobre su pensión futura, podría ser de una disminución de entre el 15% y 20%.

—  Hermes Alvarado, gerente general de BN Vital

 

 

Alvarado dijo que hoy podrían ser hasta ¢3 billones los que se tendrían que liquidar anticipadamente si se aprueba que los trabajadores afiliados a una OPC puedan retirar hasta un 30% de los fondos que disponen en el ROP, creándose un exceso de oferta y por consiguiente una merma en las valoraciones de los portafolios, provocando mayores minusvalías y reduciendo el potencial monto de pensión para el resto de la población afiliada vía menor crecimiento de la rentabilidad.

Adicionalmente, según Rocío Aguilar, una liquidación anticipada para cubrir estas salidas de recursos puede materializar pérdidas para los que realicen el retiro. “Esta situación, considerando la situación actual de caída en los precios de los instrumentos en los mercados internacionales, puede agravar estos efectos negativos”, agregó la superintendente.

También la jerarca de la Superintendencia de Pensiones (Supén) mencionó que dado a que dentro de las carteras de las OPC hay bonos del Gobierno, una liquidación masiva como esta reducirá los precios de estos instrumentos y podría elevar la tasa de interés a la que se financia el Gobierno y el resto del sistema financiero, lo que terminará afectando a los mismos deudores a los cuales este proyecto busca beneficiar.

Por su parte, el gerente de Popular Pensiones manifestó que el “desmantelamiento” de los fondos de pensiones también deprime el crecimiento económico, a contrario de promoverlo, pues la entrega anticipada de los recursos significa menos ahorro y menos crecimiento.

“Las personas lo que necesitan son fuentes permanentes de ingresos laborales, no inyecciones temporales de dinero. La experiencia de otros países lo que indica es que, sin la primera parte, las familias tendrán el mismo nivel de endeudamiento y se van a quedar sin dinero para la pensión”, comentó Róger Porras.

Los problemas crediticios deben solucionarse en el lugar en donde se originan y no con el desmantelamiento de los fondos de pensiones. Esto significa que deberían diseñarse políticas de endeudamiento dentro del sector bancario, pues de lo contrario estamos contagiando un sector (pensiones) en donde se ha venido trabajando de forma correcta.

—  Róger Porras, gerente general de Popular Pensiones

 

Detalles de la iniciativa 23.082


El proyecto de ley devolución del 30% del Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (ROP), para reducir el endeudamiento de los costarricenses (23.082) es el plan más reciente que pretende que los trabajadores afiliados saquen parte de sus fondos de este régimen.

Dicha iniciativa estuvo dentro de las propuestas que promovió el excandidato presidencial del PLN, José María Figueres, durante la pasada campaña electoral, y fue acogida por el diputado liberacionista José Francisco Nicolás, quien el pasado 1.° de mayo presentó el proyecto de ley a la corriente legislativa.

Según se lee en el expediente 23.082, el plan pretende agregar un artículo transitorio XXI a la Ley de Protección al Trabajador para que, por una única vez, los trabajadores afiliados a una OPC puedan retirar hasta el 30% de su saldo. Esto, con el propósito de que paguen deudas que tengan con el sistema financiero nacional, cooperativas, asociaciones solidaristas y casas de préstamo o empeño.

En el caso de créditos entre particulares, el trabajador tendrá que aportar la declaración jurada ante un notario público con dos testigos, que certificará el monto de la deuda y el nombre del acreedor a quien se le girará el monto de lo adeudado para su cancelación.

Por lo que en caso de que la iniciativa se convierta en ley, luego de 30 días naturales de su entrada en vigencia y hasta por un plazo de 12 meses, el trabajador afiliado a una OPC podrá solicitar el retiro de hasta el 30% de los recursos de su cuenta individual.

Asimismo, las operadoras de pensiones complementarias deberán trasladar, en un plazo máximo de 30 días, el pago correspondiente.

 


Cuando la operadora no tenga flujo de caja para hacer el pago, el Banco Central autorizará, a solicitud de éstas, el uso del encaje legal de los bancos del Sistema Bancario Nacional para dar liquidez a las operadoras para cubrir estos pagos. El encaje legal, podrá convertirse temporalmente en una inversión expresada en el valor de los certificados transferidos por las operadoras de pensiones a las entidades bancarias, los cuales deberán ser los títulos de inversión de vencimiento más inmediato con los que dispongan las operadoras.

—  Proyecto de ley 23.082

 

Además, el proyecto de ley instauraría que los fondos liberados serán inembargables, no podrán ser objeto de descuentos, retención, compensación legal o contractual o cualquier otra forma de afectación diferente al destino especificado por el afiliado.

Sin embargo, esta iniciativa no ha sido convocada por el Poder Ejecutivo para el periodo de sesiones extraordinarias. Aunado a esto, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, aseguró que en caso de aprobarse este proyecto, y de ser necesario, vetaría la ley.

“Yo no he visto el proyecto de ley que presentó el diputado (José) Francisco Nicolás de Liberación Nacional, lo tengo que ver para opinar con precisión (...) A mí me preocupa que la propuesta tenga como intención, o como consecuencia no deseada, que la gente saque del ROP, reduciendo sus pensiones complementarias futuras, para pagar a los bancos que hoy están viendo un aumento en su morosidad de sus portafolios de tarjetas de crédito. Es decir, es el Estado de alguna manera, a través de las políticas públicas, sacándole las nueces del fuego al sector bancario. Si esa es la intención, y llegara a salir aprobada a mi escritorio, ahí mismo la voy a vetar. Habrá que ver el detalle, pero tengo esa sospecha (...)”, explicó el mandatario en una conferencia de prensa realizada el pasado 3 de mayo, en la cual presentó al tercer grupo de su gabinete.

 

Fuente:

www.elfinancierocr.com