Imagen noticia
Fondos de pensiones del Magisterio Nacional podrán financiar obra pública

La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional celebró la aprobación en segundo debate y que convierte en Ley el expediente 22.179 que reforma la Ley 7531 del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, con lo cual se abre la posibilidad de que los fondos del Régimen de Capitalización Colectiva (RCC) puedan financiar obra pública.

Carlos Arias, director Ejecutivo de JUPEMA señaló que «nos llena de mucha alegría que los señores y señoras diputadas hayan entendido la importancia de este proyecto visionario, no sólo para el Magisterio Nacional, sino para la Seguridad Social costarricense, pues permitirá utilizar el ahorro interno para desarrollar al país, a la vez que crea bienestar social y económico».

«Este es un gran paso en el fortalecimiento del RCC, un régimen sano, autosuficiente y equilibrado, con lo cual se le da a JUPEMA las herramientas para mejorar el recaudo de las cuotas obrero patronales que sustentarán sus pensiones, a la vez que busca la disminución de los riesgos de inversión de esos recaudos y la generación de mayor rentabilidad para el fondo, permitiendo con ello que nuestra afiliación mantenga las condiciones de su pensión en el presente y en el futuro, de forma sostenida y permanente», agregó.

«Celebramos que los diputados y diputadas hayan aprobado la iniciativa por una contundente mayoría de 39 votos contra dos», dijo Arias.

 

Cabe destacar que, en la actualidad, el fondo del RCC es el más grande del Primer Pilar del Sistema de Pensiones de Costa Rica, y cuenta con una reserva de ₡3.7 billones, lo cual garantiza el pago de las actuales pensiones por los próximos 100 años sin variar las condiciones del perfil de beneficios.

La nueva Ley permitirá el financiamiento de obra pública y privada, con lo cual se contribuye a la reactivación económica y al desarrollo social y económico del país, el mejoramiento de la calidad de vida de los costarricenses, a la vez que se generan rendimientos suficientes para el pago de las pensiones. Todo bajo un estricto marco regulatorio supervisado por la SUPEN y el CONASSIF, además de la regulación interna que deberá implementar JUPEMA.

JUPEMA podrá invertir un 20% del fondo en valores e instrumentos transados en mercados extranjeros que sean debidamente regulados y supervisados. Se permite la ampliación gradual de un 5%, cada tres años, de la cartera de inversión hasta alcanzar el tope de ese 20%, el que, sin embargo, puede llegar a alcanzar el 50% si así lo determina la SUPEN, previa presentación de solicitud por parte de la Junta Directiva con respaldo en estudios técnicos.

Por otro lado, la normativa mejora las facultades de JUPEMA para el cobro de las cuotas obrero-patronales en beneficio del derecho de los cotizantes al RCC, esto a través del mecanismo de base presunta, lo que significa que, ante cualquier omisión, la administración podrá determinar el valor de las deudas, para aquellos casos en los cuales no se permita la realización de inspecciones, se niegue información relevante o se suministren datos inexactos o incompletos.

También se establece la responsabilidad solidaria de las personas jurídicas por las violaciones en el cumplimiento de sus obligaciones legales y la exigencia de estar al día con las cuotas y obligaciones para poder realizar cualquier gestión ante la Administración Pública.

 

Finalmente, esta iniciativa de Ley fue promovida por JUPEMA con el respaldo del Foro de Presidentes y Secretarios Generales del Magisterio Nacional, por lo que se convierte en un logro más en beneficio de los trabajadores y trabajadoras de la educación costarricense.

 

Fuente: El Mundo CR