Edificio Gerencia de Pensiones CCSS
Diputados permitirían a Supén supervisar fondos del IVM

La Superintendencia de Pensiones (Supén) podría supervisar los fondos del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que administra de forma autónoma la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), en aras de conocer su sostenibilidad y su tiempo de vida.

Con cuatro votos a favor y dos en contra, la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente un proyecto de ley del diputado Pedro Muñoz, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), que plantea ese objetivo.

Por ahora, la Supén ejerce una vigilancia financiera limitada sobre esos fondos. En la práctica, esa entidad tiene poco acceso al proceso de elaboración de los estados financieros del IVM desarrollados por la CCSS. Con la iniciativa de Muñoz, se pretende que la Superintendencia, por ejemplo, pueda velar “por la oportuna y correcta concesión de los beneficios a los que tienen derecho los afiliados a dicho régimen y la calidad del servicio”, además de que el IVM suministre toda la colaboración, de acuerdo con el expediente

 

“Es de suma importancia que la Superintendencia pueda supervisar el fondo, ya que después de los resultados del último estudio actuarial del IVM, se incrementó la incertidumbre sobre la sostenibilidad del fondo. Es supervisión, no regulación”, justificó Muñoz.

El estudio actuarial al que se refiere el proyecto data del 2016 y lo elaboró la Escuela de Matemática de la Universidad de Costa Rica (UCR). En ese estudio, se señaló que “si no se toman medidas urgentes, los ingresos de aportes e inversiones dejarán de ser suficientes para honrar los gastos en 2022-2028, por lo cual se tendría que utilizar la reserva, la cual se agotaría en 2027-2034″.

Tiempo después, la Junta Directiva de la CCSS tomó medidas para darle sostenibilidad al principal sistema de pensiones del país. En agosto del 2021, por ejemplo, aprobaron reformas al IVM, como la eliminación de la pensión anticipada para trabajadores hombres.

A las mujeres les mantuvieron el beneficio, pero elevaron el anticipo del retiro, que estaba en 60 años con 450 cuotas, para dejarlo en 63 años, con 450 cuotas. A los hombres, que ahora pueden jubilarse a los 62 años con 462 cuotas, les elevaron la edad de retiro a los 65 años, con 300 cuotas, entre otras reformas que entrarán en vigor para el 11 de enero del 2024.

El IVM es el principal fondo de pensiones de Costa Rica en el cual cotizan 1,6 millones de trabajadores, 70.000 patronos y el Estado. A octubre contaba con 318.000 jubilados de los cuales el 55% eran pensionados por vejez.

De acuerdo con la Supén, por ahora ellos solo pueden solicitar información relacionada con la parte financiera del IVM.

“Esta es una limitación que debe ser corregida, de tal manera que este órgano pueda solicitar a la CCSS información relacionada no solo con aspectos financieros (proceso de inversión de los recursos), sino también con otros procesos propios de la administración de un régimen de pensiones, como son el proceso de afiliación, recaudación, imputación de aportes, otorgamiento de beneficios, disfrute y caducidad de beneficios y, más aún, con la sostenibilidad financiera y actuarial del régimen.

“Si la Supén debe presentar ante las instancias indicadas un informe sobre la situación del RIVM, es claro que ese informe debe estar sustentado en un examen comprehensivo del régimen, lo que solo puede hacer si tiene acceso a toda la información que se genera en los distintos subprocesos”, recomendó la Superintendencia a los diputados.

La Supén considera que, actualmente, no tiene la facultad de velar por la oportuna y correcta concesión de los beneficios a los que tienen derecho los beneficiarios del IVM, ni por la calidad del servicio, por lo que sugiere arreglar el proyecto.

Por otra parte, el proyecto de Muñoz propone que, por desacato en las acciones correctivas, preventivas o las demás ordenes impartidas por la Superintendencia, se impongan sanciones por infracciones muy graves, por ejemplo, multas por hasta cinco veces el beneficio patrimonial obtenido como consecuencia directa de la infracción cometida.

Además, la redacción establecería que las comisiones que aplique el Sistema Centralizado de Recaudación (Sicere) por la recaudación de los aportes de los afiliados a las entidades autorizadas “deberán ser autorizadas por la Superintendencia de Pensiones”.

“Para lo anterior, la Caja Costarricense de Seguro Social deberá remitirle toda la información que esta requiera, con el propósito de que la comisión sea establecida al costo y evitar subsidios entre los prestatarios del servicio de recaudación”, añade el texto.

El proyecto, al mismo tiempo, reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica de la CCSS, para establecer que la Caja podrá invertirlos en “valores de emisiones extranjeras” que se negocien dentro y fuera del territorio nacional, en el porcentaje que autorice la Junta Directiva y de acuerdo con una política de inversión previamente definida.

“Los títulos valores adquiridos por la Caja deberán estar depositados en una entidad de custodia debidamente autorizada”, dice la propuesta.

El expediente se dictaminó el 9 de marzo en la Comisión de Asuntos Económicos con el voto de los socialcristianos Pedro Muñoz y Aracelly Salas; Karine Niño y Daniel Ulate, del Partido Liberación Nacional (PLN). En contra, votaron Enrique Sánchez y Luis Ramón Carranza, de Acción Ciudadana (PAC).