Requisitos y cálculo de su Pensión Básica

 

En el primer pilar de su pensión, destacan el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social y el de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional. Estos ofrecen el beneficio de pensión por vejez (detallado en la siguiente tabla), por invalidez y a los beneficiarios, en caso de muerte.

 

Régimen

Invalidez, vejez y muerte

Capitalización Colectiva

Poder Judicial

Gestor

Caja Costarricense del Seguro Social

Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial

Cotización sobre el salario*

Trabajador: 2.5%

Patrono: 4.75%

Estado: 0.25%

Trabajador: 8%

Patrono: 6.75%

Estado: 0.25%

Trabajador: 9.0%

Patrono: 11.75%

Estado: 0.25%

Requisitos de Jubilación (vejez)

65 años y 300 cotizaciones

Desde 55 años y 1 mes con 395 cuotas, hasta 65 años con 180 cuotas.

62 años de edad y 30 años de servicio en la administración pública

Salario de referencia

Promedio de los últimos 240 salarios mensuales cotizados, actualizados por inflación

Promedio de los salarios devengados, indexados por el índice de Precios al Consumidor

Promedio de los mejores 24 salarios devengados al servicio del Poder Judicial

Cuantía de la pensión

De 43% a 52.5% del salario de referencia, más 0.0833% por cada cotización adicional

60% del salario de referencia por las primeras 240 cotizaciones más 0.1% por cada cotizaciones adicional.

El 100% del salario de referencia.

Fuente: División de Supervisión de Regímenes Colectivos, Superintendencia de Pensiones 2009.

Notas: Dentro de los regímenes básicos de pensión también se encuentran el Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional y el del Poder Judicial.

(*) En el IVM, a partir del 2010, aumentó un 0.5% el total cotizado (suma de aportes del trabajador, patrono y Estado) cada 5 años.