8 pasos hacia su pensión del IVM        http://t0.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcQ8Xg_tFHfxKkrNk6fofkX6hZwUWSf-IWbMwkGICvuGfkt2xUMV

 

1.    Verifique que cumple los requisitos de edad y cuotas para acceder a la pensión por vejez del régimen.

2.    Con los requisitos comprobados, complete la Solicitud de Pensión por Vejez. Este es un formulario que se llena y se firma, al cual se le adjunta una fotocopia de la cédula de identidad.

3.    Presente ambos documentos en la Plataforma de Servicios de la Gerencia de Pensiones de la CCSS, edificio Jorge Debravo (diagonal sureste de la Corte de Justicia en San José) de 8 a.m. a 5 p.m. en horario continuo. También la puede presentar en cualquiera de las 75 sucursales del país.

4.    En la Plataforma de Servicios se le entrega un comprobante (contraseña) con la cual el interesado debe regresar en unos 15 días. Ya para entonces, habría una resolución.

5.    Si la persona tiene derecho y es empleado público se le comunica para que renuncie y pueda disfrutar de su derecho. A los empleados del sector privado, se les otorga automáticamente (si lo desean, pueden continuar trabajando y recibiendo su pensión).

6.    Al recién pensionado se le entrega copia de la resolución para que la presente a la clínica o Ebais que corresponde. Ahí le confeccionarán el Carné de Pensionado.

7.    Con la copia de la resolución puede ir a su Operadora de Pensiones (OPC), así como a la asociación solidarista o a la cooperativa que, como trabajador, esté afiliado para que la liquiden los recursos que tiene ahí ahorrados.

8.    En el caso de la OPC, a partir de marzo 2010 quienes se pensionen deberán elegir un "plan de beneficio" para retirar la pensión complementaria obligatoria.

 

Si tras el trámite, tiene alguna inquietud adicional, puede consultar directamente en la Gerencia de Pensiones de la Caja o en la Superintendencia de Pensiones.

 

En el IVM se puede anticipar, pero...

 

Existen alternativas para su pensión por vejez, sin embargo, acceder antes a ese beneficio supone limitaciones y condiciones:

 

Requisito Varones

Requisito Mujeres

Pensión ordinaria: misma pensión, con menos edad, pero con más cuotas

61 años y 11 meses con un mínimo de 462 cuotas

59 años y 11 meses con un mínimo de 450 cuotas

 

Proporcional: misma edad con menos cuotas, pero con menor pensión

 

65 años con entre 180 y 299 cuotas.

 

Reducida: menos edad, mismas cuotas, pero menor pensión*

 

62 años con, al menos, 300 cuotas

 

60 años con, al menos, 300 cuotas.

 

Anticipada con costo: menos edad, más cuotas, pero con menor pensión y pago de dinero por anticipo. **

 

57 años y, al menos, 360 cuotas.

 

Notas: (*) Al trabajador se le rebaja un 1.5%, por cada trimestre que adelante su pensión.

(**) El asegurado deberá cancelar montos estimados entre ¢7.2 millones y ¢67.8 millones, según el número de cuotas pendientes, su edad y su salario.